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TITULO
NOMBRE CORTO
DESCRIPCION
Servicios que ofrece el sujeto obligado
LTAIPES95FXL-N
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos
Tabla Campos
Acto administrativo
Denominación del servicio
Tipo de usuario y/o población objetivo
Descripción de los beneficios para el usuario
Modalidad del servicio
Requisitos para contar con el servicio
Documentos requeridos
Hipervínculo a los formatos respectivos
Tiempo de respuesta
Área que proporciona el servicio
Costo, en su caso especificar que es gratuito
Sustento legal para su cobro
Lugares donde se efectúa el pago
Fundamento jurídico-administrativo del servicio
Derechos del usuario ante la negativa o la falta
Lugar para reportar presuntas anomalias
Hipervínculo información adicional del servicio
Hipervínculo al catálogo, manual o sistemas 
Fecha de validación
Área responsable de la información
Año
Fecha de actualización
Nota
Servicio
Orientación y asesoría para realizar solicitudes de información pública
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría sobre los mecanismos para realizar solicitudes de información pública a los sujetos obligados y  plazos para obtener respuesta.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesinfpublica.pdf
10 a 15 días hábiles
1
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIPES. Artículo 60. La Oficina de Acceso a la Información Pública es la instancia encargada de recibir todas y cada una de las solicitudes de información y datos personales que sean presentadas a la Comisión, en su condición de entidad pública. El titular de dicha oficina será el responsable de la atención a dichas solicitudes, quien deberá de actuar conforme lo establecido en la Ley. La Oficina de Acceso tendrá su domicilio oficial en el lugar sede en donde se encuentre instalada la Comisión. 
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Centro de Atención Teléfonica
2017
02/02/2017
Ejercicio 2015
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesarco.pdf
10 a 15 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIPES. Artículo 60. La Oficina de Acceso a la Información Pública es la instancia encargada de recibir todas y cada una de las solicitudes de información y datos personales que sean presentadas a la Comisión, en su condición de entidad pública. El titular de dicha oficina será el responsable de la atención a dichas solicitudes, quien deberá de actuar conforme lo establecido en la Ley. La Oficina de Acceso tendrá su domicilio oficial en el lugar sede en donde se encuentre instalada la Comisión. 
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Oficina de Acceso a la Información Pública
2017
02/02/2017
Ejercicio 2015
Servicio
Orientación y asesoría para interponer Recurso de Revisión
Toda Persona
Las personas reciben orientación y asesoría sobre los requisitos, mecanismos y plazos para interponer un recurso de revisión.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatomedioimpugnacion.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIPES. Artículo 60. La Oficina de Acceso a la Información Pública es la instancia encargada de recibir todas y cada una de las solicitudes de información y datos personales que sean presentadas a la Comisión, en su condición de entidad pública. El titular de dicha oficina será el responsable de la atención a dichas solicitudes, quien deberá de actuar conforme lo establecido en la Ley. La Oficina de Acceso tendrá su domicilio oficial en el lugar sede en donde se encuentre instalada la Comisión. 
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Oficina de Acceso a la Información Pública
2017
02/02/2017
Ejercicio 2015
Servicio
Capacitación
Servidores públicos, instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil.
Se programa y obtienen servicios de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
presencial 
Ser servidor público de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios.
Oficio firmado por el titular de la dependencia y/u organismo que requiera que su personal sea capacitado, mismo que será dirigido a la Comisionada Presidente de la CEAIP, Dra. Rosa del Carmen Lizárraga Félix.
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
Inmediata
3
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIPES. Artículo 39. Corresponde a la Dirección de Capacitación y Vinculación Ciudadana el ejercicio de las siguientes atribuciones: I. Elaborar la propuesta de contenidos educativos sobre el valor social del derecho de acceso a la información pública y el derecho de Hábeas Data en una sociedad democrática para su inserción paulatina en el sistema educativo estatal, en los términos del artículo 17 de la Ley; II. Diseñar las bases de coordinación con las autoridades educativas competentes para promover que los contenidos en la materia objeto de la Ley sean parte de los programas y planes de estudio; III. Organizar cursos, talleres, seminarios y otras formas de enseñanza y entrenamiento para capacitar y actualizar en forma permanente a los servidores públicos y al propio personal de la Comisión;IV. Elaborar propuestas por proyecto para gestionar y recibir fondos de organismos nacionales e internacionales que coadyuven al mejor cumplimiento de la Ley; V. Elaborar manuales y folletos sobre las funciones de la Comisión y su papel en una sociedad democrática, y también sobre cómo las personas pueden ejercer el derecho de acceso a la información pública y el de Hábeas Data; VI. Preparar folletos sobre la influencia que el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y el de Hábeas Data pueda tener para contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas y consolidar el sistema democrático de convivencia; y,VII. Las demás que señalen la Ley, este Reglamento y otras disposiciones aplicables, o que le encomiende el Comisionado Presidente o el Secretario Ejecutivo.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
02/05/2017
Dirección de Capacitación y Vinculación
2017
02/02/2017
Ejercicio 2015
Servicio
Orientación y asesoría para realizar solicitudes de información pública
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría sobre los mecanismos para realizar solicitudes de información pública a los sujetos obligados y  plazos para obtener respuesta.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesinfpublica.pdf
10 a 15 días hábiles
1
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Centro de Atención Teléfonica
2017
02/02/2017
Ejercicio 2016
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesarco.pdf
10 a 15 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Unidad de Transparencia
2017
02/02/2017
Ejercicio 2016
Servicio
Orientación y asesoría para interponer Recurso de Revisión
Toda Persona
Las personas reciben orientación y asesoría sobre los requisitos, mecanismos y plazos para interponer un recurso de revisión.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatomedioimpugnacion.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 170. El solicitante podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante,de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante la Comisión, sus Delegaciones o la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación sin que la haya obtenido. En el caso de que se interponga por escrito ante las Delegaciones de la Comisión o la Unidad de Transparencia, éstas deberán remitir, en forma inmediata y por vía electrónica, el recurso de revisión a la Comisión. A más tardar al día siguiente, enviarán en forma física, por cualquier medio, el recurso recibido.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
02/05/2017
Unidad de Transparencia
2017
02/02/2017
Ejercicio 2016
Servicio
Denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia
Toda Persona
Se asesora y orienta a las personas sobre los medios, requisitos y plazos pare interponer denuncias por incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia por parte de los Sujetos Obligados.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 113. Cualquier persona podrá denunciar ante la Comisión, la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley General y en esta Ley.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
02/05/2017
Unidad de Transparencia
2017
02/02/2017
Ejercicio 2016
Servicio
Capacitación
Servidores públicos, instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil.
Se programa y obtienen servicios de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
presencial 
Ser servidor público de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios.
Oficio firmado por el titular de la dependencia y/u organismo que requiera que su personal sea capacitado, mismo que será dirigido a la Comisionada Presidente de la CEAIP, Dra. Rosa del Carmen Lizárraga Félix.
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
Inmediata
3
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIP. Artículo 63. Corresponde a la Dirección de Capacitación y Vinculación el ejercicio y cumplimiento de las siguientes facultades: l. Difundir y promover el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales en las cámaras empresariales, colegios de profesionistas, organizaciones de la sociedad civil y comunidad en general; II. Elaborar la propuesta al Comisionado ó Comisionada Presidente de contenidos educativos sobre el valor social del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, para su inserción paulatina en el sistema educativo estatal, en los términos de la Ley;III. Diseñar las bases de coordinación con las autoridades educativas competentes para promover que los contenidos de la Ley sean parte de los programas y planes de estudio; IV. Organizar cursos, talleres, seminarios y otras formas de enseñanza y entrenamiento para capacitar y actualizar en forma permanente a los servidores públicos y al propio personal de la Comisión.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
02/05/2017
Dirección de Capacitación y Vinculación
2017
02/02/2017
Ejercicio 2016
Servicio
Orientación y asesoría para realizar solicitudes de información pública
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría sobre los mecanismos para realizar solicitudes de información pública a los sujetos obligados y  plazos para obtener respuesta.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesinfpublica.pdf
10 a 15 días hábiles
1
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
03/07/2017
Centro de Atención Teléfonica
2017
03/07/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer trimestre (enero-marzo) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesarco.pdf
10 a 15 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
03/07/2017
Unidad de Transparencia
2017
03/07/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer trimestre (enero-marzo) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para interponer Recurso de Revisión
Toda Persona
Las personas reciben orientación y asesoría sobre los requisitos, mecanismos y plazos para interponer un recurso de revisión.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatomedioimpugnacion.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 170. El solicitante podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante,de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante la Comisión, sus Delegaciones o la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación sin que la haya obtenido. En el caso de que se interponga por escrito ante las Delegaciones de la Comisión o la Unidad de Transparencia, éstas deberán remitir, en forma inmediata y por vía electrónica, el recurso de revisión a la Comisión. A más tardar al día siguiente, enviarán en forma física, por cualquier medio, el recurso recibido.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
03/07/2017
Unidad de Transparencia
2017
03/07/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer trimestre (enero-marzo) de 2017.
Servicio
Denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia
Toda Persona
Se asesora y orienta a las personas sobre los medios, requisitos y plazos pare interponer denuncias por incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia por parte de los Sujetos Obligados.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 113. Cualquier persona podrá denunciar ante la Comisión, la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley General y en esta Ley.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
03/07/2017
Unidad de Transparencia
2017
03/07/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer trimestre (enero-marzo) de 2017.
Servicio
Capacitación
Servidores públicos, instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil.
Se programa y obtienen servicios de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
presencial 
Ser servidor público de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios.
Oficio firmado por el titular de la dependencia y/u organismo que requiera que su personal sea capacitado, mismo que será dirigido a la Comisionada Presidente de la CEAIP, Dra. Rosa del Carmen Lizárraga Félix.
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
Inmediata
3
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIP. Artículo 63. Corresponde a la Dirección de Capacitación y Vinculación el ejercicio y cumplimiento de las siguientes facultades: l. Difundir y promover el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales en las cámaras empresariales, colegios de profesionistas, organizaciones de la sociedad civil y comunidad en general; II. Elaborar la propuesta al Comisionado ó Comisionada Presidente de contenidos educativos sobre el valor social del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, para su inserción paulatina en el sistema educativo estatal, en los términos de la Ley;III. Diseñar las bases de coordinación con las autoridades educativas competentes para promover que los contenidos de la Ley sean parte de los programas y planes de estudio; IV. Organizar cursos, talleres, seminarios y otras formas de enseñanza y entrenamiento para capacitar y actualizar en forma permanente a los servidores públicos y al propio personal de la Comisión.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
03/07/2017
Dirección de Capacitación y Vinculación
2017
03/07/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer trimestre (enero-marzo) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para realizar solicitudes de información pública
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría sobre los mecanismos para realizar solicitudes de información pública a los sujetos obligados y  plazos para obtener respuesta.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesinfpublica.pdf
10 a 15 días hábiles
1
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
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http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
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05/10/2017
Centro de Atención Teléfonica
2017
05/10/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer y segundo trimestre (enero-marzo y abril-jun) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
presencial 
Ninguno
Ninguno
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10 a 15 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
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05/10/2017
Unidad de Transparencia
2017
05/10/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer y segundo trimestre (enero-marzo y abril-jun) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para interponer Recurso de Revisión
Toda Persona
Las personas reciben orientación y asesoría sobre los requisitos, mecanismos y plazos para interponer un recurso de revisión.
en línea
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatomedioimpugnacion.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 170. El solicitante podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante,de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante la Comisión, sus Delegaciones o la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación sin que la haya obtenido. En el caso de que se interponga por escrito ante las Delegaciones de la Comisión o la Unidad de Transparencia, éstas deberán remitir, en forma inmediata y por vía electrónica, el recurso de revisión a la Comisión. A más tardar al día siguiente, enviarán en forma física, por cualquier medio, el recurso recibido.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
1
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05/10/2017
Unidad de Transparencia
2017
05/10/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer y segundo trimestre (enero-marzo y abril-jun) de 2017.
Servicio
Denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia
Toda Persona
Se asesora y orienta a las personas sobre los medios, requisitos y plazos pare interponer denuncias por incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia por parte de los Sujetos Obligados.
presencial 
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
Inmediata
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 113. Cualquier persona podrá denunciar ante la Comisión, la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley General y en esta Ley.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
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http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatodenunciasventanilla.pdf
05/10/2017
Unidad de Transparencia
2017
05/10/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer y segundo trimestre (enero-marzo y abril-jun) de 2017.
Servicio
Capacitación
Servidores públicos, instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil.
Se programa y obtienen servicios de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
presencial 
Ser servidor público de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios.
Oficio firmado por el titular de la dependencia y/u organismo que requiera que su personal sea capacitado, mismo que será dirigido a la Comisionada Presidente de la CEAIP, Dra. Rosa del Carmen Lizárraga Félix.
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
Inmediata
3
gratuito
Ninguno
1
Reglamento Interior de la CEAIP. Artículo 63. Corresponde a la Dirección de Capacitación y Vinculación el ejercicio y cumplimiento de las siguientes facultades: l. Difundir y promover el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales en las cámaras empresariales, colegios de profesionistas, organizaciones de la sociedad civil y comunidad en general; II. Elaborar la propuesta al Comisionado ó Comisionada Presidente de contenidos educativos sobre el valor social del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, para su inserción paulatina en el sistema educativo estatal, en los términos de la Ley;III. Diseñar las bases de coordinación con las autoridades educativas competentes para promover que los contenidos de la Ley sean parte de los programas y planes de estudio; IV. Organizar cursos, talleres, seminarios y otras formas de enseñanza y entrenamiento para capacitar y actualizar en forma permanente a los servidores públicos y al propio personal de la Comisión.
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
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http://www.ceaipsinaloa.org.mx/difusion-y-vinculacion
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05/10/2017
Dirección de Capacitación y Vinculación
2017
05/10/2017
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer y segundo trimestre (enero-marzo y abril-jun) de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para realizar solicitudes de información pública
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría sobre los mecanismos para realizar solicitudes de información pública a los sujetos obligados y  plazos para obtener respuesta.
en línea y presencial
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/comite/tramites/formatosolicitudesinfpublica.pdf
10 a 15 días hábiles
1
gratuito
Ninguno
1
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Artículo 124. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, especialmente, cuando se trate de personas con discapacidad o que no sepan leer ni escribir, hablen una lengua indígena o  pertenezcan a un grupo vulnerable, de conformidad con las bases establecidas en el presente título; Artículo 125. Cualquier persona por sí misma o a través de su representante podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, por escrito, correo postal, mensajería, telégrafo, oralmente o por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional; Artículo 126. Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.La Unidad de Transparencia al atender la solicitud deberá dar respuesta en la modalidad elegida por el solicitante, documentando además todo el proceso en la Plataforma Nacional.Las solicitantes de información, a través de la Plataforma Nacional, podrán dirigir sus solicitudes a uno o más sujetos obligados
Garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad,órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física,moral o sindicato qe reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado y Municipios. 
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http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
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19/01/2018
Centro de Atención Teléfonica
2017
19/01/2018
La información sustantiva sigue siendo vigente a la del primer, segundo y tercer trimestre (ene-sept)  de 2017.
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales del derecho de ACCESO a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
en línea y presencial
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/formato_acceso.docx
20 a 30 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Sinaloa
Garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales y de los derechos ARCO y proteger los datos personales en posesión de cualquier sujeto obligado, con la finalidad de regular su debido tratamiento.
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19/01/2018
Unidad de Transparencia
2017
19/01/2018
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales del derecho de RECTIFICACIÓN a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
en línea y presencial
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/formato_rectificacion.docx
20 a 30 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Sinaloa
Garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales y de los derechos ARCO y proteger los datos personales en posesión de cualquier sujeto obligado, con la finalidad de regular su debido tratamiento.
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
19/01/2018
Unidad de Transparencia
2017
19/01/2018
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales del derecho de CANCELACIÓN a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
en línea y presencial
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/formato_cancelacion.docx
20 a 30 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Sinaloa
Garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales y de los derechos ARCO y proteger los datos personales en posesión de cualquier sujeto obligado, con la finalidad de regular su debido tratamiento.
1
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/solicita-informacion
19/01/2018
Unidad de Transparencia
2017
19/01/2018
Servicio
Orientación y asesoría para presentar solicitud de Datos Personales
Toda Persona
Las personas reciben orientación o asesoría  sobre los mecanismos para realizar solicitudes de datos personales del derecho de OPOSICIÓN a los sujetos obligados y plazos para obtener respuesta.
en línea y presencial
Ninguno
Ninguno
http://www.ceaipsinaloa.org.mx/pdf/formato_oposicion.docx
20 a 30 días hábiles
2
gratuito
Ninguno
1
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Sinaloa
Garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales y de los derechos ARCO y proteger los datos personales en posesión de cualquier sujeto obligado, con la finalidad de regular su debido tratamiento.
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19/01/2018
Unidad de Transparencia
2017
19/01/2018
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